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Revista Científica de la UCSA

versión On-line ISSN 2409-8752

Rev. ciente. UCSA vol.4 no.2 Asunción ago. 2017

https://doi.org/10.18004/ucsa/2409-8752/2017.004(02)035-045 

ARTICULO ORIGINAL

Caracterización socio demográficas de los casos de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Encarnación, en el periodo comprendido entre los años 2014-2016

Socio-demographic characteristics of cases of sexual abuse in boys, girls and adolescents of the city of Encarnacion in the period between 2014-2016

I Balletbo Fernández 1  

N.B. Caballero Ramírez 1  

1Universidad Nacional de Itapúa. Encarnación, Paraguay


RESUMEN

El presente trabajo sistematiza la información obtenida acerca del hecho punible de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes en la ciudad Encarnación - Paraguay ocurridos entre 2014 y 2016 a fin obtener una visión amplia acerca de cómo se manifiesta este delito en cuanto al aumento o disminución de sus valores durante el citado periodo, la identificación de aspectos como las características familiares, el tiempo y la forma en que son revelados los casos y las debilidades en cuanto a la protección de las víctimas de abuso. Para llevar a cabo este estudio se ha tenido en cuenta los parámetros metodológicos de una investigación descriptiva y transversal con enfoque cualitativo. Los índices de abuso sexual en niños, conforme a los datos proporcionados por las instituciones encargadas de atender estos casos, son elevados y se hallan muy vinculados a factores socios económicos y culturales.

Palabras clave: abuso sexual; maltrato infantil; vulnerabilidad.

SUMMARY

The present work systematizes the information obtained about the punishable act of sexual abuse in children and adolescents in the city Encarnación - Paraguay occurred between 2014 and 2016 in order to obtain a broad view on how this crime is manifested in the increase or decrease Of their values during the aforementioned period, the identification of aspects such as family characteristics, the time and manner in which the cases are revealed and the weaknesses in the protection of victims of abuse. To carry out this study has taken into account the methodological parameters of descriptive and cross-sectional, non-experimental research with a mixed approach. The rates of sexual abuse in children, according to the data provided by the institutions responsible for dealing with these cases, are high and are closely linked to economic and cultural partners.

Keywords: sexual abuse; child abuse; vulnerability.

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo se expone una oscura realidad, pero de relevante actualidad, que afecta en particular a los más vulnerables; niños, niñas y adolescentes, y esta afectación es devastadora en sus vidas y las de sus familias. El abuso sexual infantil ha ido cobrando fuerza en los últimos años por la recurrencia con que se verifica este delito, en distintas regiones del país y también en Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay.

El presente trabajo tiene por objetivo describir las características socio demográficas de los casos de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Encarnación, en el periodo comprendido entre los años 2014 - 2016, así como el comportamiento que ha reflejado este delito en cuanto a su ocurrencia en el citado período, a fin de percibir la magnitud y naturaleza del fenómeno, así como ciertas características del fenómeno en estudio, realizar algunas sugerencias con miras a prevenir y reforzar esfuerzos en la lucha eficaz en contra de este flagelo que corroe los cimientos de la sociedad.

Son estos algunos de los aspectos esenciales a considerar a través de este estudio que servirá además para conocer cómo se comporta el abuso sexual en la comunidad de Encarnación y detectar la eficacia con que actúan los mecanismos de atención a víctimas que despliega el Estado.

ABUSO SEXUAL EN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN, DEPARTAMENTO DE MISIONES, REPÚBLICA DEL PARAGUAY

La violencia en contra los niños, niñas, adolescentes y las mujeres en general ha constituido una práctica común desde tiempos remotos, acentuándose y adoptando diversas formas conforme a la cultura de cada país.

Según el Informe anual UNICEF Uruguay (2015), el abuso sexual constituye una de las peores formas de violencia en contra de los niños, niñas y adolescentes por las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que se plasman en la víctima a lo largo de su vida, en su desenvolvimiento, potencialidades, desarrollo afectivo y de relacionamiento futuro.

Se considera que un “niño ha sido víctima de abuso sexual cuando una persona, un adulto manoseó o acarició sexualmente su cuerpo o alguna parte específica de él o que a su vez le obligara a que lo tocara sexualmente” (Larrain 2012).

Este hecho se halla íntimamente vinculado al maltrato, por cuanto que este último no puede ser considerado como un fenómeno aislado e independiente del primero sino que constituye un proceso que viene determinado por múltiples factores que da lugar a distintas tipologías , entre ellas se encuentra el abuso infantil, uno de los peores tipos de maltratos. (Savethe Childre, 2001).

Estudios a nivel mundial revelan que una cuarta parte de los adultos han sido víctima de maltratos físicos en su niñez y 1 de cada 5 mujeres y 1 de cada 13 hombres manifiestan haber sufrido abusos sexuales en la infancia.

Paraguay no escapa a esta situación, según González Borgne, Ministro-Secretario de la Secretaria Nacional de la Niñez y Adolescencia (2015), 1 de cada 20 mujeres fue víctima de sexo forzado o violación cuando era menor de 10 años (4,7%), entre el 16, 6 % tenía entre 10 a 14 años cuando fue violada por primera vez. Estas cifras parecieran simples cálculos, sin embargo son parte de una compleja realidad.

Encarnación, una comunidad relativamente pequeña, también es parte de las estadísticas, pues no ha podido sustraerse de tan deleznable delito contra los niños, niñas y adolescentes, que como un monstruo pervive silencioso en la sociedad envolvente al amparo del silencio de la víctima y la indiferencia de la sociedad.

La Constitución del Paraguay, en su preámbulo reconoce la dignidad humana, como fin para alcanzar la libertad, la igualdad y la justicia, contiene en sus articulados normas específicas de protección a la infancia en consonancia con la normativa internacional. A su vez la ley ordinaria que rige la materia es la 1680/2001, Código de la Niñez y la Adolescencia, que concuerda plenamente con los instrumentos internacionales, y en cuyo Art 3º destaca el principio del interés superior del niño que permea toda la legislación relativa a niñez. Ello denota que la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes respecto de cualquier forma de violencia se encuentra ampliamente legislada. Sin embargo, esto no se refleja en la práctica jurídica, menos aún en la realidad cotidiana de los niños, niñas y adolescentes quienes se hallan expuestos a todo tipo de maltrato.

El maltrato infantil, incluyendo el abuso sexual constituye una de las principales preocupaciones en Latinoamérica para la UNICEF siendo apenas un pequeño porcentaje de estos hechos denunciados ante la justicia y menos aun los que llegan a ser eficazmente investigados por los organismos competentes y efectivamente sancionados.

Este delito incluye una serie de conductas de connotación sexual realizadas contra niños y niñas, entre las que se cuentan “prácticas variadas como las tocaciones corporales o la penetración” (Arredondo 2016). Esta conducta se halla tipificada como delito en el Código Penal de Paraguay (1997) en el Art. 135 que establece: 1°.- El que realizara actos sexuales con un niño o lo indujera a realizarlos en sí mismo o a terceros, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa. Con la misma pena será castigado el que realizara actos sexuales manifiestamente relevantes ante un niño y dirigido a él, o lo indujera a realizarlos ante sí o ante terceros. El marco penal se extiende hasta 15 años conforme a la gravedad y concurrencia de ciertos elementos. Acorde al tipo base es considerado un delito y tratado como tal en el proceso penal, lo cual facilita el otorgamiento de medidas alternativas a la prisión que favorecen al procesado.

Un estudio realizado en Paraguay hace referencia a la naturalización del maltrato como forma de disciplinar a los niños, niñas y adolescentes, además la cultura machista predominante que propician situaciones irregulares en la crianza de los niños y en la convivencia familiar. Según Unicef Paraguay (BECA-UNICEF 2011) del total de niñas/os adolescentes, el 61% ha sido víctima de algún tipo de maltrato por parte de familiares, el 53,4 % considera que el maltrato es útil para su propia formación, el 35% ha recibido violencia física grave.

En tal sentido, considerando las profundas repercusiones de este delito sobre la vida de los niños y la sociedad, se hace necesario conocer la situación real en la ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay, respecto de este hecho punible de abuso sexual infantil a fin de concienciar a la población y atenuar sus consecuencias.

EL ABUSO COMO UN TIPO DE MALTRATO

El maltrato se halla vinculado al abuso sexual, por el factor común que es la violencia sobre el niño, la niña y adolescente, y la situación desigual que se establece entre víctima y autor, dicha asimetría podría darse por diversas situaciones como la edad, contextura física o el poder que se ejerce sobre la víctima.

El Art. 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño expresa “es obligación del Estado proteger a los niños de todas las formas de malos tratos perpetrados por padres, madres o cualquiera otra persona responsable de su cuidado, y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto”.

En tal sentido el Art. 54 de la Constitución Nacional del Paraguay (1992), establece que: “La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e integral, así como el ejercicio pleno de sus derechos, protegiéndolo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso, el tráfico y la explotación …”. En concordancia con el Art. 4º del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 1680/2001) el cual expresa; “Los padres biológicos adoptivos, o quienes tengan niños o adolescentes bajo su guarda o custodia y las demás personas mencionadas en el Art. 258 del Código Civil, tienen la obligación de garantizar al niño o adolescente su desarrollo armónico e integral, y a protegerlo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso y la explotación. Cuando esta obligación no fuese cumplida, el Estado está obligado a cumplirla subsidiariamente…”.

Para la Justicia según el documento elaborado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Unicef Uruguay, Fiscalía General de la Nación Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, (CEJU) “Abuso sexual infantil Cuestiones relevantes para su tratamiento en la justicia” (2015) toda denuncia de conducta abusiva en la cual está implicado un niño deberá ser investigada, priorizando ante todo la protección del niño en el marco de su interés superior.

El abuso en la generalidad de las veces se mantiene en silencio en una especie de pacto con el agresor, más que nada por temor. Pero el hecho de callar, hace que el niño, la niñas y el adolescente se sienta involucrado en un hecho del que es víctima, invadido por un sentimiento de culpa, y no sabe si es víctima o cómplice por ello lo devela tarde, cuando los abusos son reiterados y la situación se torna insostenible o quizá exista una consecuencia difícil de ocultar como el embarazo.

Las 100 Reglas elaboradas en el 2008, durante la Cumbre Iberoamericana en su Edición XIV, además de analizar los problemas de acceso a la justicia de las personas en situación de vulnerabilidad, otorgan recomendaciones destinadas a quienes prestan servicio en el sistema judicial. La Corte Suprema de Justicia de Paraguay fue una de las primeras de la Cumbre Iberoamericana en implementarlas, a través de la Acordada Nº 633/10. Sin embargo no es menos cierto que existe una brecha bastante amplia entre lo que establecen las leyes y lo que es la práctica jurídica.

En el 2015, la comunidad mundial quedó consternada y a la vez dividida en opiniones en cuanto a un caso grave de abuso ocurrido en Paraguay, denominado: caso de la niña Mainumby, que colocó a Paraguay en la mira del mundo, con la intervención de la CIDH (Comisión Interamericana de Derecho Humanos), dejando al descubierto errores insalvables en el sistema de protección de niños, niñas y adolescentes, del Ministerio Público y del Sistema de Salud en el país, del Estado.

Mainumby, quien fuera abusada por la pareja de su madre desde los 9 años, debió llevar a término un embarazo con apenas 10 años, aun a costa de su salud física y a riesgo de su vida. En este caso el abuso fue denunciado por la madre pero desestimado por el Ministerio Público, sin una investigación exhaustiva, lo cual pone en alerta acerca de las debilidades sistema de investigación, tampoco el sistema de salud pudo constatar el embarazo de la niña. El Estado en este caso se preocupó más por su imagen internacional que por restablecer los derechos vulnerados de la niña (Moragas Mereles 2015)

La Comisión Interamericana de Derecho Humanos, según Resolución 22/2015 “Asunto niña Mainumby respecto de Paraguay” del 08 de junio de 2015 analizó las medidas adoptadas por el Paraguay respecto al caso y lo hizo en los siguientes términos: “El gobierno paraguayo ha fallado en su responsabilidad de proteger a una sobreviviente del abuso sexual de 10 años y proporcionarle tratamiento crítico y oportuno. Incluyendo el aborto, seguro y terapéutico” Aquí entramos en un dilema por cuanto que la Constitución Nacional en su Art. 4º consagra el derecho a la vida desde la concepción y además el aborto se halla penalizado en el país, aun cuando fuera producto de un abuso. Sin embargo en este caso, desoyendo de lo que establece la OMS (Organización Mundial de la Salud), una junta médica en Paraguay dictaminó que “la vida de la niña no corría peligro”. Esto debe invitar a una profunda introspección acerca del rol del Estado y de los órganos de justicia como garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes quienes a pesar de recurrir, no hallan eco de sus reclamos y por el contrario es obligada a llevar adelante un embarazo de alto riesgo para su vida para conformarse con las leyes y las cuestiones éticas y morales suscitada en torno al abuso.

Casos como este, existen centenares que nunca salen a la luz, no llegan a la justicia y menos a la CIDH (Comisión Interamericana de Derecho Humanos), cuando alcanza el tiempo de parir, las niñas-madres, viven o mueren. Según el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en 2014 se registraron 684 embarazadas de entre 10 a 14 años y 20.000 embarazos de adolescentes de entre 15 a 19 años.

Por su parte la 7ma. Región Sanitaria de Itapúa, en un informe Nº 2307/2015 registró un total 2539 embarazos de niñas de entre 10 a 14 años, y de embarazos adolescentes de entre 17 a 19 años un total de 5279. Cifras por demás alarmantes que también se relaciona con la mortandad materna infantil.

La Federación Latino Americana de Sociedad de Obstetricia y Ginecología (FLASOG 2011) ha precisado que el embarazo en adolescentes asociado a víctimas de la violencia sexual es un problema grave de salud pública, con importantes secuelas en todo orden, sin embargo no ha recibido suficiente atención, lo que agrava el problema. Los altos costos personales y sociales.

MATERIALES Y MÉTODOS

La metodología aplicada en esta investigación tiene un carácter descriptivo pues se pretende describir las características socio demográficas de los casos de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Encarnación, en el periodo comprendido entre los años 2014 - 2016, a través de la técnica de revisión documental de las causas ingresadas en el periodo 2014 - 2016, del Ministerio de la Defensa Publica y de la IV Región de Ministerio Público de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay como de entrevistas elaboradas con preguntas abiertas auto aplicables a Asistentes de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, Psicólogos del Ministerio Público además de Defensoras, Psicólogos y Asistentes Ministerio de la Defensa Publica, respectivamente.

Por su objeto, se puede afirmar que se corresponde con una investigación no experimental, en consideración a lo expuesto por Hernández, Fernández y Sampieri (2014), dado que no se manipulan las variables de estudio, sino que son observadas en su contexto natural, sin intervención modificativa de los investigadores.

Por lo demás, la investigación, atendiendo al periodo y secuencia, se considera transversal, porque se estudian las variables en un momento determinado y, además, junto con la relación entre el conjunto de variables en un contexto temporal, se efectúa un análisis del fenómeno objeto de estudio, sin analizarlo durante un período largo de tiempo, como se fundamenta por (Bernal Torres, 2014) en “aquellas en la cuales se obtienen informaciones del objeto de estudio (población o muestra) una única vez en un momento dado”. En el mismo contexto Hernández, Fernández y Batista (2007) clasifican la investigación no experimental como transversal, al definirla como “el tipo de investigación que recolecta los datos en un solo momento y en un tiempo único. El propósito es describir las variables y analizar su incidencia e interrelación en un momento dado” (p. 208).

Por su naturaleza la investigación adquiere un enfoque cualitativo en el tratamiento de sus datos siendo la muestra censal cuatro Psicólogos del Ministerio Publico, una Defensora del Ministerio de la Defensa Publica, dos Psicólogos Clínicas Ministerio de la Defensa Publica, un Asistente Ministerio de la Defensa Publica y tres Asistente de la CODENI (Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente). Los datos una vez obtenidos fueron analizados, interpretados y presentados de manera sistematizada.

Este trabajo se basa asimismo en el método inductivo en consideración a lo expuesto por (Méndez1998), dado que la conclusión se produce como resultado del estudio de los elementos que forman el objeto de investigación, en un sentido ascendente de lo particular a lo general.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

A continuación se presenta el resultado de la revisión documental de las causas ingresadas en el periodo 2014-2016, en el Ministerio de la Defensa Publica y en la IV Región del Ministerio Público de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay así mismo de la sistematización de la entrevista realizado a los Asistentes de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, Psicólogos del Ministerio Público además de la Defensora, Psicólogos y Asistentes Ministerio de la Defensa Publica quienes se ocupan desde diferentes ámbitos en la atención de casos como el estudiado.

Según las documentaciones analizadas en el Ministerio de la Defensa Pública y datos proporcionado por los Psicólogos del Ministerio de la Defensa Publica señala que el autor más recurrente es el padrastro, seguido por otros familiares, y padre biológico. La mayor incidencia se da en niñas de entre 10 a 14 años. En cuanto al tiempo en que se pudo advertir de la ocurrencia del hecho, en mucho de los casos la manifestación es muy tardía, persistiendo durante este tiempo un síndrome de acomodación del abuso.

Los entrevistados han manifestado que las consecuencias posteriores al hecho, se tiene un alto grado de re victimización por personas distintas, varios tipos de abusos y casos de embarazo. En cuanto a las características del abuso ha sido el tocamiento seguido de coito, también se ha verificado otros como intento de violación, propuestas verbales, actos exhibicionistas, proxenetismo, y explotación sexual. Se ha encontrado una actitud renuente por parte de las madres de las niñas abusadas, quienes se rehúsan a creer lo que ha ocurrido, no brindado contención a su hija y con frecuencia tienen una relación de pareja con el abusador.

Las documentaciones analizadas dejan al descubierto que en un 50% las víctimas vivían con sus madres en el momento del abuso. Esto desnuda una realidad que guarda relación con la familia desestructurada y la paternidad irresponsable, así como la acomodación al abuso. Las madres por lo general tienen relaciones conflictivas con sus hijas alegando mal comportamiento, o que las mismas inventan el hecho para salir de la casa.

Se ha evidenciado además, cuando el abuso se verifica en niños pequeños, se encuentra con madres alcohólicas, adictas, con elevado nivel de descuido, ellas no denuncian el hecho por ser el autor un familiar cercano y de manera esporádica explotan sexualmente a sus hijas.

Según los entrevistados en algunos casos luego de los primeros abordaje las madres acompañan a sus hijas a los procesos judiciales y se compromete al acompañamiento terapéutico, mientras otras no acceden a las entrevista ni acompañan a sus hijas, se rehúsan a hacer terapia psicológica

En el Ministerio de la Defensa Pública de Encarnación en el 2014 atendieron, según la revisión documental realizada 45 casos y en el 2015 intervinieron en 50 casos de abuso sexual en niños.

Según los datos recabados de la IV Región del Ministerio Público de Encarnación, de los procesos penales iniciados en las distintas unidades fiscales se verificaron los siguientes; en 2014 se registró 56 casos de abusos sexuales, en el 2015 se registró 86 casos y hasta en el 26 de octubre de 2016, 70 casos.

Estos números refieren que el hecho punible de abusos sexual ha ido en sostenido ascenso en vista de que en el 2015 se verificaron 30 hechos más que en el 2014 y en el 2016, considerando que al mes de octubre ya se contaban con 70 casos faltado más de dos meses para culminar el año.

En la Unidad de Atención Psicológica del Ministerio Público en consideración a la revisión de las documentaciones realizada se llevaron adelante entrevistas, e intervenciones por parte de los psicólogos de la institución, relacionados con abuso sexual en niños, niñas y adolescentes que incluyen las distintas zonas que abarca el Ministerio Público. En 2014 se atendieron 99 casos, en el 2015, 122 casos y en el 2016, un total de 102 casos hasta Octubre de 2016. Por lo que no se puede hablar de disminución.

Se constató además que el 95% de los casos denunciados ante el Ministerio Publico corresponden a niños, niñas y adolescentes, se corrobora que el abuso afecta preferentemente a la mujer, también se observó que los casos afectaron a niños y niñas de 6 a 8 años y 12 a 14 años, presentándose en niñas de 13 años el mayor porcentaje.

A fin de tener una visión más amplia de las repercusiones de los abusos y del impacto en la población adolescente se realizó un análisis del informe de la 7ma. Región Sanitaria (Nº 2307/2016) acerca de embarazos adolescentes que van desde 10 a 19 años en el período comprendido entre los meses de enero a octubre de 2016 arrojando una cantidad de 3663, embarazos adolescentes en menos de un año.

En las entrevistas realizadas a los Psicólogos del Ministerio Público y del Ministerio de la Defensa Pública, quienes con muy buena predisposición accedieron a responder algunas preguntas en torno al tema en estudio se obtuvo datos muy interesantes en cuanto a la realidad fáctica de la niñez en Encarnación.

Al ser consultados acerca de las características de las familias atendidas, en las que ocurrió un hecho de abuso, ellos coinciden que en su mayoría se trata de familias de medio o escasos recursos, por lo general dedicados a trabajos informales. Los niños no siempre son de su actual pareja. Son familias disfuncionales, monoparentales, o ensamblada, madres con varios niños y con ocasionales parejas. En muchos casos el agresor se halla desocupado y queda en la casa con los niños. Existe por lo general gran vulneración, violación de los deberes del cuidado, ambiente promiscuos (tienen relaciones frente a los menores). También existen trastornos mentales no tratados en la población y adicciones, son factores predisponentes.

Han manifestados además que las viviendas donde residen son precarias y predomina el hacinamiento, hay poca atención hacia los niños, niñas y adolescentes, también se da todo tipo de maltrato, especialmente verbal y físico, como forma de corrección. Acotaron que si bien, el abuso es un hecho que afecta a los diversos niveles sociales, en los estratos más vulnerables es donde se observa con más frecuencia o tal vez son los que se visualizan más fácilmente.

Consultadas acerca del grado de preparación o de instrucción que poseen tanto la madre y el agresor, sea este padre o padrastro. Manifestaron que; en su mayoría no han culminado la Educación Escolar Básica, difícilmente alcanzan el 4º Grado. En muchos casos este factor se combina con los vicios, el consumo de bebidas alcohólicas y en otros la adicción a las drogas, y “porque tienen la oportunidad” manifestación literal de una de las entrevistadas, refiriéndose a que los niños permanecen al arbitrio del abusador durante mucho tiempo a solas. Esto nos habla de una falta total de valores en la persona que aprovecha el desamparo para abusar de un niño, niña y adolescente, de un ser en formación que se encuentra a su merced.

En cuanto al tiempo en que se denuncia o verifica el abuso, los psicólogos y asistentes, de las instituciones entrevistadas han coincidido en que no es uniforme, pero por lo general cuando el abuso ocurrió dentro del entorno familiar es tardío, si se dan repercusiones a nivel de la salud que son visibles y difícil de esconder, en esos caso se detectan de manera temprana, y por la intervención de terceros.

En la mayoría de los casos que se tramitan ante el Ministerio Público durante el periodo de estudio, se constataron abusos de antigua data. En relación a cómo se toma conocimiento del hecho de abuso sexual, tanto en el Ministerio Público como de la Defensa Pública señalan que llega a conocimiento a través de manifestaciones de los niños, niñas y adolescentes a través de terceras personas, maestras, vecinas o alguien de su confianza y en caso de niños pequeños por la madre. En algunos casos ya con intervención de la CODENI (Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente) por maltrato, o dentro de alguna situación irregular, surge de las declaraciones del niño, niña y adolescente que además de maltratos físicos o verbales, también fue víctima de abuso.

Indagados acerca de la actitud familiar frente al abuso, en forma coincidente los entrevistados del Ministerio Publico, de la Defensoría, como del CODENI (Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente), refieren que a las madres y familiares les cuestas aceptar que el hecho haya ocurrido, muchas veces no le dan importancia, “lo toman con mucha naturalidad” hacen como si no hubiera ocurrido. En otros casos deliberadamente ocultan el hecho por temor a ser involucradas en un proceso penal o por encubrir al agresor cuando este es su pareja o familiar. Incluso a veces responsabilizan a la víctima de lo acontecido.

Las psicólogas destacaron que existe una falta de sensibilización a cerca del abuso infantil por parte de las propias familias y las madres que no dimensionan el daño emocional que le produce a la víctima. Además no acompañan a los tratamientos sicológicos que deben realizarse sus niñas, aun cuando fueren gratuitos arguyendo imposibilidad debido a la distancia, no cuentan con recursos económicos para trasladarse hasta el lugar de atención o no pueden abandonar sus empleos para asistir a las sesiones, pues su trabajo representa el sustento de sus hijos, estas que parecen excusas también son realidades.

En cuanto a los casos de abuso atendidos, los entrevistados han manifestado entre otras cosas que han constatado; descuido de la familia padres o responsables, promiscuidad, ignorancia, vulnerabilidad y ausencia de una figura de autoridad, desprotección en el hogar, ausencia de sentido de humanidad hacia los niños, niña y adolescente.

En cuanto al acompañamiento por parte de los órganos de justicia hacia el niño abusado manifestaron que: “No existe un acompañamiento real, todo está en los papeles, existen leyes, y organismos de protección, pero no es suficiente”.

En cuanto al seguimiento o tratamiento psicológico de los casos constatados las entrevistadas de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente - CODENI manifestaron que: “No existe un seguimiento de los casos, las asistencias psicológicas son hasta en tres eventos, lo cual es insuficiente, luego se les deriva a un Psicólogo particular al cual por lo general no asisten”.

Así mismo uno de los Psicólogos entrevistado del Ministerio Publico manifestó que: “No existe una institución encargada de hacer ese seguimiento al tratamiento psicológico, solo lo hacemos hasta el juicio oral”.

También en entrevista con una Agente de la Defensa Pública, destacó la necesidad de mejor preparación de las personas intervinientes, mayor profesionalismo de las personas encargadas de realizar el trabajo social y toda intervención relacionada con niños, y señalo que: “Hay muchos casos y muy poco personal realmente calificado para atención a la infancia”.

Otra profesional del área manifestó en igual sentido que: “la mayor debilidad del sistema es que las personas encargadas de asistir a los niños, niñas y adolescentes desde el inicio, no cuentan con la suficiente preparación, están nombradas por cuestiones políticas, por lo que no pueden desarrollar un buen trabajo a favor de los niños, niñas y adolescentes”.

En cuanto a alguna sugerencia para evitar el abuso, los entrevistados manifestaron que las campañas de concienciación deberían llegar a todos los colegios, escuelas y comisiones barriales donde existen muchos niños, niñas y adolescentes en estado de vulnerabilidad que requieren de asistencia psicológica y social, y se encuentran ocultos en su propio sufrimiento.

CONCLUSIÓN

En la presente investigación se constata que existe una variación en los valores numéricos en relación a los casos de abusos ocurridos entre el 2014 a 2016, registrándose el mayor índice en el 2015, estabilizándose relativamente en el 2016, aunque el motivo de la disminución tal vez se deba al tiempo en que la investigación se cerró, en Octubre de 2016, faltando aún dos meses para culminar el año y la cantidad a esa fecha se aproximó sensiblemente a los valores arrojados en el año anterior. Por tanto se podría afirmar que los índices de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes en la ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay son elevados lo que amerita mayor atención por parte del Estado y la sociedad en conjunto.

Las familias en las que se verificaron los hechos son de medio o escasos recursos, sin tratarse de una estigmatización de la pobreza, pero es necesario conocer la realidad y las condiciones en la que se desarrollan los hechos para su mejor atención. En este punto las familias vulnerables son las más expuestas a la ocurrencia de este delito.

Las familias abordadas en su mayoría son disfuncionales, monoparentales o ensamblada. En muchos casos las madres residen en su precaria vivienda junto con varios hijos y su nueva pareja donde conviven en total hacinamiento o existe cierto grado de promiscuidad.

El nivel educativo de sus miembros es mínimo, no han concluido la Educación Escolar Básica, tampoco existe incentivo escolar para los niños.

El sistema patriarcal o el machismo es notorio, las mujeres no denuncian el abuso que afectan a sus hijos cuando el autor es su pareja, más aun si es el padre de sus hijos. Las madres tienden a culpar a sus hijas de lo sucedido, buscando justificar el hecho. Se nota dejadez y descuido hacia los niños, niñas y adolescentes, y una naturalización del abuso y del maltrato.

En cuanto a las deficiencias del sistema, se puede afirmar que son varias, pero las más urgentes se refiere al Estado que debería destinar recursos para la construcción y puesta en funcionamiento de albergues para niños, niñas y adolescentes, especialmente estas quienes al encontrarse víctimas de abuso sexual difícilmente son recibidas. Al no tener donde ir vuelven a su entorno familiar, en el cual, existe un ambiente poco propicio para su situación psicológica y no pocas veces a merced de su agresor.

Otra de las falencias, es la escasa preparación de personas encargadas de la primera asistencia a las víctimas de abuso y todo tipo de violencia contra los niños, niñas y adolescentes por lo que resulta esencial invertir en recursos humanos calificados.

El abuso sexual trae consigo profundas secuelas para las víctimas en particular para un niño, niña y adolescente, por lo que resulta de suma importancia el tratamiento psicológico a la víctima de manera eficaz, continua y gratuita, así como el tratamiento psiquiátrico obligatorio del abusador. Se sugiere monitoreo permanente de las familias a fin de evitar más víctimas o reincidencia.

Concienciación a cerca de este delito y de la obligación de realizar la denuncia por parte de cualquier persona que tenga conocimiento del hecho a través de charlas en los barrios, colegios, escuelas, zonas vulnerables.

En cuanto al marco penal de la sanción del hecho punible de abuso sexual en niños resulta ínfimo en proporción al daño que ocasiona. Implementar el resarcimiento con miras a mejorar la calidad de vida de la víctima.

Asimismo, una mayor inversión por parte del Estado en infraestructura para albergues y recursos humanos calificados y responsabilidad en las investigaciones de abuso. Proporcionar asistencia psicológica, continua y gratuita a las víctimas como a su entorno, además de realizar monitoreo de las mismas.

REFERENCIAS

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Recibido: Junio de 2017; Aprobado: Julio de 2017

Autor Correspondiente: Idalgo Balletbo Fernández. Universidad Nacional de Itapúa. Encarnación, Paraguay. E-mail: ipsjb@yahoo.es

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