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Revista Virtual de la Sociedad Paraguaya de Medicina Interna

On-line version ISSN 2312-3893

Rev. virtual Soc. Parag. Med. Int. vol.5 no.2 Asunción Sept. 2018  Epub Sep 01, 2018

https://doi.org/10.18004/rvspmi/2312-3893/2018.05(02)09-011 

EDITORIAL

Cannabis medicinal: el dogma versus la evidencia

Medicinal cannabis: the dogma versus the evidence

Julio Torales1  , Médico Residente de Psiquiatría

Israel González2  , Médico Residente de Psiquiatría

1 Médico Psiquiatra, Máster en Psicofarmacología. Universidad Nacional de Asunción. Facultad de Ciencias Médicas. Asunción, Paraguay

2 Médico Residente de Psiquiatría. Universidad Nacional de Asunción. Facultad de Ciencias Médicas. Asunción, Paraguay


Pocos temas en la práctica médica actual podrían considerarse más controvertidos que el uso medicinal del cannabis. Existen intereses encontrados de varias partes involucradas, que incluyen los pacientes con enfermedades crónicas, los usuarios en forma recreacional, los grupos de defensa de la legalización de la plantación, tenencia y consumo, los clínicos e investigadores, y las compañías farmacéuticas.

El uso del cannabis, tanto con fines medicinales como recreativos, ha ido ganando una aceptación más general en los últimos años1. En los Estados Unidos, 44 Estados tienen algún tipo de ley que permite el uso del cannabis con fines medicinales y 8 Estados permiten su uso recreacional. En nuestro país ya se prevé el uso medicinal de esta droga en el artículo 30 de la Ley 1340/88 de la Secretaría Nacional Antidrogas que indica que la tenencia de hasta 10 gramos de cannabis para uso medicinal o personal está exenta de pena. Por otra parte, la plantación, el cultivo, la recolección, la venta, o incluso la posesión de una cantidad que exceda los 10 gramos podría acarrear penas de hasta 20 años de prisión2.

Es importante que las intenciones de los diversos grupos interesados se mantengan claras, ya que cuando los límites se vuelven difusos, la conversación se vuelve confusa y empiezan a primar los argumentos emocionales y subjetivos, mientras que la evidencia queda relegada a un segundo plano.

Deben diferenciarse los grupos que abogan por la despenalización del uso recreativo de cannabis, ya que los organismos involucrados en la regulación de este tipo de consumo deben tener en cuenta criterios como el riesgo de que su uso derive en el consumo de otras sustancias con mayor potencial de abuso y el balance necesario para mantener la autonomía de los individuos versus el riesgo que implica su uso para su salud física y mental3, parámetros que quizá también se han tenido en cuenta al decidir no penalizar ni criminalizar el uso de otras sustancias nocivas como el tabaco o el alcohol. Otros puntos para considerar serían los daños sociales causados por la prohibición y por su aplicación no equitativa, y los costos y la efectividad de la prohibición, combinada con su poca compatibilidad con medidas sanitarias enfocadas en la prevención y el tratamiento del daño inducido por drogas4.

Por otra parte, hay grupos que abogan por la legalización del uso medicinal del cannabis. La discusión con respecto a este tema tiende a ser polarizada en la mayoría de los países en los que se propone, principalmente por la estigmatización asociada a su uso recreativo5. Frecuentemente los argumentos se expresan en términos vagos que se alejan de la rigurosidad científica con la que se aborda normalmente la autorización de cualquier fármaco. En este sentido, es importante tener en cuenta otro tipo de consideraciones. Es cierto que ningún producto que pueda beneficiar a los pacientes debe ser prohibido, pero estos productos deben ser regulados por las mismas reglas que rigen para cualquier otra medicación. Muchos grupos presentan al cannabis como una panacea y presentan anécdotas acerca de su utilidad en diversas enfermedades como autismo6, el lupus7, la esclerosis múltiple8 e incluso la diabetes mellitus9. En varios círculos se han puesto a la venta productos que contienen cannabis en forma de gotas de aceite, cápsulas, tés, e incluso lociones tópicas y cremas. Las compañías que ponen a la venta estos productos frecuentemente realizan declaraciones no fundamentadas acerca de las capacidades de sus productos para limitar, tratar o curar el cáncer u otras enfermedades graves10. Esta visión claramente errónea es perjudicial para los pacientes debido a que previene que estos accedan a tratamientos basados en evidencia y con efectividad comprobada.

En los Estados Unidos, la Administración de Alimentos y Drogas (FDA, por sus siglas en inglés) aprobó este año el uso de la solución oral de cannabidiol, con el nombre comercial de Epidiolex ®. Esta medicación fue aprobada exclusivamente para el tratamiento de las convulsiones asociadas a dos enfermedades raras y severas: el síndrome de Lennox-Gastaut y el síndrome de Dravet en pacientes mayores de dos años11,12. Una forma sintética del tetrahidrocannabinol (THC), el dronabinol, fue aprobada hace décadas por la FDA como un estimulante del apetito para personas con SIDA y como antiemético para pacientes que reciben quimioterapia13.

En diciembre del 2017, se promulgó en el Paraguay la Ley Nº 6007, en la que la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) autoriza el uso regulado del aceite de cannabis, a través de la importación de productos derivados14. Al mismo tiempo se creó el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la planta de Cannabis y sus Derivados” (PROINCUMEC). La meta es que los centros de investigaciones de la Universidad Nacional de Asunción lleven a cabo investigaciones acerca de la seguridad y la efectividad del aceite de cannabis en el tratamiento de algunas patologías de difícil manejo15.

En este sentido, en el número actual de esta revista, el Dr. Manuel Codas y sus colaboradores presentan una revisión de la literatura acerca de la evidencia científica disponible acerca del uso medicinal del cannabis16. El artículo presenta en forma detallada las recomendaciones de diferentes sociedades científicas alrededor del mundo con respecto a la seguridad de su uso, su efectividad en determinadas patologías, y el efecto de su legalización en la cantidad de consumo. Los autores concluyen, en línea con otras revisiones con respecto a este tema17-20, que es prioritario desarrollar políticas que promuevan la recolección de evidencia acerca del uso de cannabis medicinal, ya que actualmente no se pueden realizar afirmaciones taxativas acerca del beneficio de su utilización en la mayoría de las condiciones para las que se propone su uso. Como científicos debemos recordar siempre que la evidencia debe primar por encima de nuestras opiniones a la hora de tomar decisiones que afecten el bienestar de nuestros pacientes.

Prof. Dr. Julio Torales Editorialista invitado Médico Psiquiatra, Máster en Psicofarmacología Facultad de Ciencias Médicas, U.N.A. Correo electrónico: jtorales@med.una.py
Dr. Israel González Editorialista invitado Médico Residente de Psiquiatría Facultad de Ciencias Médicas, U.N.A. Correo electrónico:isra.gonzalez@outlook.com

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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3. Torales J, Ventriglio A, Vitrani G, Barrios I, Medina A, Ruiz Diaz C, et al. Cannabis use and schizophrenia development : which are the links ? An Fac Ciencias Médicas. 2017;050(November):95-102. [ Links ]

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8. Wingerchuk D. Cannabis para la esclerosis múltiple: ¿Puede ayudar a tratar los síntomas? (Internet). Mayo Clinic Website. 2018 (citado 22 de julio de 2018). Disponible en: Disponible en: https://www.mayoclinic.org/es-es/diseases-conditions/multiple-sclerosis/expert-answers/cannabis-for-ms-can-it-help-treat-symptoms/faq-20112500Links ]

9. O’Sullivan S. Cannabinoides y diabetes (Internet). Fundación CANNA: Investigación y análisis de Cannabis. 2017 (citado 22 de julio de 2018). Disponible en: Disponible en: https://www.fundacion-canna.es/cannabinoides-y-diabetesLinks ]

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