Introducción
Al verificar la existencia de las cualidades del Estado de Derecho en una sociedad, uno de los factores que corresponde analizar es su nivel de seguridad jurídica. En este sentido se busca interpretar cómo, en esa misma sociedad, va desenvolviéndose la relación entre ciudadanía y orden jurídico, y si efectivamente, y en qué medida, a cada actuación o comportamiento social de un cierto tipo, corresponde una respuesta proporcionalmente similar por parte de los órganos del sistema de justicia y si ella resulta coherente con la normativa legal vigente. La existencia de seguridad jurídica implica que, a cada actuación social específica corresponde una réplica establecida en orden jurídico y que, por ende, cada persona física o jurídica, pública o privada, puede asumir que, a cada comportamiento que realice, se aplicará siempre la misma consecuencia jurídica que los órganos estatales competentes han aplicado a comportamientos similares La seguridad jurídica protege al ciudadano del ejercicio arbitrario del poder de las autoridades y evita la incertidumbre en las relaciones sociales. De esa manera, ayuda a establecer las bases de una pacífica convivencia en la población. Es solamente cuando los órganos jurisdiccionales dedicados al mantenimiento del orden legal preestablecido garantizan la uniformidad de aplicación de la normativa vigente que se genera la seguridad jurídica y que finalmente el Estado de Derecho se vuelve una realidad concreta y efectiva.
La actual realidad jurídica de Paraguay, sin embargo, no parece adecuarse mucho a los estándares señalados, y esto desde hace ya mucho tiempo. En 2011 el entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia, Luís María Benítez Riera, señalaba públicamente cómo, en el sistema judicial paraguayo, estaba presente el problema de sentencias contradictorias y como ello afectaba significativamente la seguridad jurídica en el país (Sentencias contradictorias también generan la inseguridad jurídica, 2011, 12 de mayo). Poco más de un año después, se publicaba el informe “Herramientas de control de la aplicación uniforme del derecho a casos concretos” de ICED/NED (2012) en cuyas conclusiones se señalaba la detección de fallos contradictorios en diversos fueros del sistema judicial paraguayo, incluyendo algunos de ellos, dictados por el mismo órgano. Al analizar esta situación, en el escrito se afirmaba que:
Desde la perspectiva de un lego no resulta comprensible que un órgano jurisdiccional resuelva casos iguales de manera distinta, es decir, hoy decida en un sentido, mañana en otro, al día siguiente vuelva a su posición original, y luego la cambie nuevamente, sin que justifique de alguna manera el motivo de tal proceder (ICED/NED 2012: 37).
Unas opiniones de las que los autores de la publicación, se hicieron eco también en la prensa de la época (Herramientas de control de aplicación uniforme del derecho, 2012, 28 octubre).
Es evidente que la existencia de aplicación de consecuencias jurídicas distintas a hechos iguales, determina una sensación de injusticia, tal como parece opinar la ciudadanía, si consideramos que según el informe “Cultura política de la democracia en Paraguay y en las Américas 2018/19”, del programa LAPOP (Latin América Public Opinion Proyect) de la Vandebilt University, solamente el 39,8% de los paraguayos considera que los tribunales garantizan juicios justos y un escaso 28,8% piensa que la justicia castigará a los criminales (LAPOP; 2020). Y aunque gran parte de las motivaciones de esta visión generalizada podrían estar vinculadas con factores como: la ineficiencia del sistema judicial, la inadecuada preparación de operadores del sistema de justicia, y la escasa independencia de los jueces con respecto al campo político; es también de considerarse la incidencia negativa, en la percepción de la ciudadanía sobre el sistema de justicia, de la aplicación contradictoria de la ley por parte del cuerpo judicial paraguayo, que genera consecuencias jurídicas distintas para hechos que son iguales. De hecho, siempre según el informe ICED/NED (2012) “(…) la existencia de fallos contrarios es además en cierta medida tolerable en etapas de ‘discusión dogmática’. Es decir, en tiempos de ‘transición’ en que determinadas materias son especialmente controvertidas. Lo que ya deja de ser tolerable es que la existencia de este tipo de fallos se mantenga indefinidamente en el tiempo y sobre todo en las etapas superiores. En algún momento la discusión debe dirimirse” (ICED/NED 2012: 37). Sin duda, la aplicación contradictoria de la ley que persiste en el tiempo afecta negativamente al factor seguridad jurídica: hace perder previsibilidad al sistema judicial, y por ende, mina de manera determinante la confianza de la ciudadanía hacia el mismo.
Es probable que uno de los factores relevantes de esta situación sea la existencia de un generalizado desconocimiento de los contenidos de los fallos judiciales de la Corte Suprema de Justicia y de los Tribunales de alzada, incluyendo los que deben sentar precedentes y generar jurisprudencia. Y que, a su vez, eso se deba, en gran medida, a la ausencia de un mecanismo que la sistematice y la haga disponible de una manera simple, eficaz y oportuna; mucho más allá de lo poco que ofrece al momento la Corte Suprema de Justicia.
En este sentido elaborar y poner en funcionamiento un mecanismo que permita un mejor acceso general a las resoluciones judiciales que sientan precedentes, ayudaría a los magistrados a garantizar el cumplimiento del principio de igualdad ante la ley a través de su aplicación uniforme; también, ayudaría al Ministerio Público a cumplir su función de intervención objetiva en los procesos judiciales, y a los demás operadores del sistema de justicia a ejercer sus respectivas funciones con mejores fundamentos. En tanto, para el mundo académico significaría la posibilidad de estudiar adecuadamente el funcionamiento del sistema judicial, para así poder evidenciar sus actuaciones y sus límites. Mientras que para toda la sociedad, significaría transparencia y, en consecuencia, los beneficios de la seguridad jurídica.
El mecanismo referido, consiste en una herramienta que sistematice y organice de forma estructurada las resoluciones judiciales que deben sentar jurisprudencia, en forma eficiente y de fácil acceso, de manera a permitir a magistrados, otros operadores del sistema de justicia, investigadores académicos y ciudadanía en general, un acceso simple y amplio a los contenidos y fundamentos de las sentencias. Esto indudablemente determinaría un mejor conocimiento y aplicación de la ley en forma uniforme en el sistema judicial paraguayo, eliminando arbitrariedades y atropellos y generando finalmente la percepción de seguridad jurídica y de habitar en un verdadero Estado de Derecho.
Con este trabajo que presentamos, buscaremos justamente analizar los problemas que actualmente se presentan en Paraguay para una utilización oportuna de la jurisprudencia, y de cómo la implementación de una herramienta como la que señalamos podría impactar favorablemente en el mejoramiento de la calidad de la justicia en el país.
El principio de la seguridad jurídica
Según Rosado Iglesias (2006: 83) la seguridad jurídica constituye un pilar fundamental y un elemento ineludible del Estado de Derecho. Su existencia responde a la necesidad de que los elementos que constituyen el sistema normativo, tanto en lo que son las reglas de comportamiento que lo conforman, como en su concreta aplicación práctica, puedan orientar la vida y la conducta de todas las personas del conjunto social sometido a este.
En otras palabras, la seguridad jurídica responde a la necesidad de los ciudadanos de conocer los parámetros en que se desenvuelve el sistema legal por el cual deben regirse, permitiendo a cada ciudadano, sujeto público o empresa privada, evaluar opciones y tomar decisiones, con la seguridad que las consecuencias legales de sus acciones serán claramente predecibles y totalmente coherentes con el marco normativo general vigente (Rosado Iglesias, 2006: 87). En este sentido, cómo señala Henkel (1970: 546), la seguridad jurídica es aquella condición que “se opone a la incertidumbre, al azar, a la arbitrariedad y al desamparo frente a un sistema de regulación”. La seguridad jurídica, entonces, asume la función instrumental de garantizar el bien común de una sociedad, al determinar que los bienes y derechos fundamentales de cada individuo no sean dañados ni violados por terceros, o que en caso eso ocurra comprometa el Estado a retribuir el daño causado y a castigar a los que infligieron esos daños o violaron esos derechos (Gavilánez, Nevárez & Cleonares, 2020: 348).
Desde esta perspectiva la seguridad jurídica acaba englobando a dos aspectos centrales y determinantes que la conforman y la definen: lo que se refiere a la “certeza” del derecho, y lo que se refiere a la “previsibilidad” de los efectos de su aplicación por parte de los poderes públicos (Gavilánez, Nevárez & Cleonares, 2020: 349). Siendo que, con “certeza” del derecho y “previsibilidad” de sus efectos, deba entenderse que cada sujeto, al actuar en un ordenamiento jurídico dado, pueda tener claro cuáles son los comportamientos que en este están mandados, permitidos o prohibidos, de manera a poder actuar de consecuencia, y asumir razonablemente los posibles resultados que arrojarán sus propios específicos comportamientos. (Pérez Luño, 2000: 29)
Por consiguiente, con seguridad jurídica, no debe entenderse solamente la certeza de saber cuál norma se aplica a una cierta situación, sino también la seguridad de que esa norma efectivamente se aplicará y producirá los efectos claramente previstos para ella. De esa manera la vida social se regirá por lo que la norma ordene, y no por el capricho de quien administra el poder público (Gavilánez, Nevárez & Cleonares, 2020: 351; Moliner Tamborero, 2013: 8).
Todo eso implica “que se cumplan tres requisitos esenciales: la existencia de normas o leyes, la duración suficiente de las normas o leyes, la eficacia del derecho y su aplicación” (Gavilánez, Nevárez & Cleonares, 2020: 348). Normas o leyes que además deberán resultar claras, precisa y univocas; no sujetas a interpretaciones abusivas debido a la presencia de conceptos vagos e indeterminados, por los cuales no resulten claras las consecuencias jurídicas de su violación. Unas normas o leyes entonces que garanticen esa “certeza” del derecho y esa “previsibilidad” de los efectos que más arriba señalamos (Rosado Iglesias, 2006: 85; Pérez Luño, 2000: 28).
En cuanto a los elementos que conforman y definen el principio de la seguridad jurídica, Mendonca (2000) señala que la misma se relaciona con algunos aspectos que son propios de la norma: publicidad, generalidad, irretroactividad, estabilidad, eficacia y claridad. Aspectos en gran medidas presentados y codificados en la misma Constitución Nacional paraguaya1.
Entendiendo con “publicidad” la garantía de que el ciudadano conozca el contenido de las normas que deberá cumplir. Con “generalidad”, que la norma rige para un número indeterminado de personas, así como para un número indeterminado de casos de la misma naturaleza. Con “irretroactividad” que esa norma no está destinada a regular conductas previas a su promulgación. Con “estabilidad” que su vigencia se extienda en el tiempo, de modo tal a que los comportamientos sociales resulten siempre predecibles. Con “eficacia”, que se genere una tendencia al cumplimiento espontáneo y que sea claro que, en caso de que ello no ocurra, existirán altas posibilidades de que se disponga la aplicación compulsiva de la ley, garantizando un comportamiento coherente y previsible por parte de los ciudadanos. Y finalmente, con “claridad” que la norma resulte precisa tanto en los presupuestos fácticos que regula, como en las consecuencias que se desprenden de su violación, de manera a evitar o por lo menos reducir toda discrecionalidad en los organismos públicos encargados de su aplicación (Mendonca, 2000: 45).
Finalmente, además de cuanto señalado, la posibilidad de registrar un alto nivel de seguridad jurídica en la sociedad depende también de una formulación adecuada de las normas del ordenamiento jurídico por parte de los órganos legislativos (Pérez Luño, 2000: 28); de una correcta aplicación de las normas por parte de por jueces y magistrados (Rosado Iglesias, 2006: 88); y en general de la aplicación del principio de legalidad (o primacía de la ley) en el ordenamiento jurídico, de manera que el poder público resulte sometido a la ley vigente y no a la voluntad personal de las autoridades (Gavilánez, Nevárez & Cleonares, 2020: 353). Elementos estos últimos directamente relacionados con un principio fundamental de la seguridad jurídica, que ya señalamos anteriormente y que a continuación iremos profundizando, a saber: la “uniformidad” de la aplicación de la ley por parte de los órganos jurídicos, y en particular el rol que juega la jurisprudencia en ese proceso.
Jurisprudencia y uniformidad en la aplicación de la ley
La uniformidad en la interpretación judicial de la ley es indudablemente un elemento central de verificación de los niveles de seguridad jurídica existentes en una sociedad. Esto implica que, en los procesos interpretativos de la ley realizados por parte de los organismos jurisdiccionales, existan una serie de criterios predeterminados que garantizan su aplicación uniforme en los tribunales frente a casos similares. En pos de definir esos criterios juega indudablemente un rol relevante la jurisprudencia, es decir el conjunto de sentencias que se hayan producido en el pasado dentro de un sistema jurídico dado (Rosado Iglesias, 2006: 90).
Con jurisprudencia entendemos la forma concordante en que los órganos judiciales se pronuncian para resolver casos similares. Este conjunto de fallos acaba así fijando criterios o reglas generales que, como expresión de valoraciones vigentes, son utilizadas por los jueces para justificar el carácter jurídicamente objetivo de sus decisiones, configurando de esta forma, fuentes de derecho (Palacio, 1975: 193). De esta manera la jurisprudencia se vuelve esencial para identificar criterios uniformes de interpretación de la ley; y de hecho no hay sistema jurídico que no tenga de alguna manera en consideración la jurisprudencia para establecer pauta de uniformidad en la aplicación de las normas por parte de los jueces (Rosado Iglesias, 2006: 91).
La búsqueda de uniformidad en la aplicación de la ley mediante el uso de la jurisprudencia asegura la certeza del derecho, supera toda situación que comporte incertidumbre y disparidad en las decisiones de los jueces, y apunta a que casos iguales sean resueltos de forma igual. De esa forma las partes en cada juicio podrán confiar que los jueces futuros se comportarán de la misma manera que aquellos pasados (Taruffo, 2014: 10).
En este sentido, deberá considerarse como una expectativa razonable que en los tribunales los jueces busquen una interpretación y una aplicación de la ley que tenga uniformidad y continuidad, en cuanto esta es la única manera de garantizar la confianza de la ciudadanía sobre el sistema jurídico (Moliner Tamborero, 2013: 8).
Al hablar de la jurisprudencia y de su papel en garantizar la uniformidad del trabajo de los jueces hay que tener bien presente que la misma no juega el mismo rol en todos los sistemas jurídicos, y que al contrario es aceptada de manera diferente según la realidad jurídica de cada país. En los países anglosajones, por ejemplo, rige el sistema del “stare decisis” que significa que toda nueva sentencia está rígidamente vinculada a las anteriores sobre casos similares, no pudiendo el juez apartarse de las decisiones tomadas por jueces anteriores. En los países europeos-continentales en cambio, los jueces están sometidos exclusivamente a la ley a fin de garantizar su independencia, y por eso las sentencias “anteriores” no pueden asumir un carácter vinculante en la toma de sus decisiones (Rosado Iglesias, 2006: 91-92).
En el continente americano solo los países angloparlantes (Estados Unidos, Canadá y las islas caribeñas excolonias inglesas) han asumidos el sistema anglosajón; mientras que los países latinos, excolonias españolas y portuguesas, han construidos sus sistemas jurídicos sobre el modelo europeo-continental, dejándose absorber por la tradición y la cultura dominante de la ex madre patria. (Oteiza, 2007: 180)
Tanto el derecho continental europeo cómo el latinoamericano pone la ley como principal fuente de derecho, siendo su rol sustentado por la capacidad de establecer reglas o principios de derecho escrito, mediante un procedimiento de elaboración democrático (la acción del parlamento) que se encuentra fundado en la Constitución. Se trata de lo que es identificado como el principio de legalidad, en que la ley es fuente primaria, dejando en un nivel secundario a la jurisprudencia (Oteiza, 2007: 200-201); o como señala Ferrajoli, de la existencia de una Esfera de los indecidible, a la cual pertenecen los organismos jurisdiccionales, dentro la cual solo está habilitada la aplicación y ejecución de la ley y no su innovación (Ferrajoli, 2008: 341).
Esta condición es lo que reduce las posibilidades de incidencia de la jurisprudencia en el orden jurídico de los países latinoamericanos, en cuanto mientras en el sistema anglosajón el juez tiene reconocida la facultad de crear derecho y toda sentencia tiene el valor de un “precedente”2 de obligado respeto para los juicios siguientes, en el sistema continental europeo y latinoamericano las sentencias dictadas por cualquier Juez o por el Tribunal Supremo sólo vinculan al juez o al tribunal que las dicta, aceptándose que cualquier otro juez o tribunal pueda apartarse de ese “precedente”, aunque claramente tenga que motivarlo de la forma adecuada (Moliner Tamborero, 2013: 8).
Sin embargo, hay también que subrayar cómo la interpretación del juez o del tribunal no puede ser asumida como una operación absolutamente libre, en cuanto igualmente debe estar sometida a criterios conocidos y uniformados; dado que los organismos jurídicos, al actuar, no realizan una función individual autónoma sino que cumplen la función social de aplicar al juicio aquello establecido por la ley (Rosado Iglesias, 2006: 55). Un límite esto que, por sí mismo, garantiza finalmente que la jurisprudencia, también en los sistemas jurídicos latinoamericanos, aunque de manera no tan decisiva como ocurre en los países anglosajones, acabe con volverse un instrumento importante con el fin de garantizar la aplicación uniforme de la norma.
En efecto, ante la necesidad de concordar unos criterios de aplicación uniforme de la ley (que, a su vez, son garantías del sometimiento del juez a esta), es natural que la jurisprudencia en los sistemas jurídicos latinoamericanos acabe por tener una cierta relevancia, y eso a pesar de que nunca llegue a tener carácter vinculante. Y en este sentido juegan un rol relevante y decisivo los tribunales superiores de la jurisdicción (los tribunales de casación) que, al casar sentencias (dejándolas sin efecto) acaban imponiendo “de hecho” criterios definidos de como deba interpretarse la ley. De esta forma, a través de las sentencias de casación, acaba por establecerse una verdadera doctrina jurisprudencial, en cuanto todo tribunal inferior que no siguiera la jurisprudencia sentada en las decisiones de los tribunales de casación, finalmente se arriesgaría a que sus sentencias vinieran permanentemente revocadas por parte de estos (Rosado Iglesias, 2006: 91).
Debido a eso, la posición del Tribunal Supremo (o Corte Suprema), cómo vértice de la pirámide judicial, acaba finalmente por ser el elemento que permite que la jurisprudencia juegue un rol relevante también en los piases latinoamericanos (a pesar de no utilizar el sistema del “stare decisis”). En cuanto, gracias a su posición dominante, y más aún cuando actúa también como órgano de casación con sus decisiones interpretativas, acaba imponiéndose a todos los jueces ubicados en las gradas inferiores de la pirámide, asegurando de esa manera esa uniformidad necesaria en la aplicación de la justicia. (Taruffo, 2014: 13).
Y a pesar de que, de todas formas, la jurisprudencia de los Tribunales Supremos (o Cortes Supremas) difícilmente tenga un alcance mucho mayor de aquello meramente persuasivo o disuasorio, eso no es realmente un dato menor. Esto, porque su fuerza se sustenta sobre todo en las advertencias que con su actuar dirige permanentemente tanto hacia los futuros litigantes como hacia los jueces de grado inferior; avisándoles a través de sus fallos que al no seguir los criterios establecidos por esta es probable que, tantos las pretensiones de los primeros como las sentencias de los segundos, acabarán las primeras desestimadas y las segundas casadas o anuladas (Moliner Tamborero, 2013: 11). La jurisprudencia, entonces asume un rol de relevancia también en los países latinoamericanos, volviéndose herramienta central y fundamental, tanto para la uniformidad de aplicación de la ley como para la vigencia del Estado de Derecho.
La jurisprudencia y su uso “limitado” en el sistema jurídico paraguayo
En Paraguay, como ocurre en todo país latinoamericano, no tiene vigencia el principio del “stare decisis” por lo que los jueces no tienen la facultad de crear derecho a través de sus sentencias. Los jueces sólo deben aplicar la ley a los casos concretos en los que tienen jurisdicción y competencia; interpretando y aplicando las normas jurídicas de carácter general a través de sus resoluciones judiciales. Al respecto hay que señalar cómo la Constitución de la República del Paraguay establece, en su artículo 47 inciso 2, que el Estado garantizará a todos los habitantes del país la igualdad ante las leyes, lo que significa que, en igualdad de circunstancias, los órganos jurisdiccionales deben aplicar la ley de manera igual. Una disposición que obliga entonces a todos los órganos que componen la administración de justicia, compuesta por la Corte Suprema de Justicia, los tribunales y los juzgados a aplicar las leyes de manera uniforme, y por ende a tener en cuenta los criterios de interpretación que han sido sentados en sentencias dictadas en casos similares. Así, el Código Procesal Penal (Ley 1286/1998, art. 478 inc. 2) establece expresamente que una de las causales de procedencia del recurso de casación contra una sentencia o auto interlocutorio dictada en el proceso penal e impugnado, se da cuando sean en contradicción con un fallo anterior de un Tribunal de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia.
Es así que, como ocurre en gran parte de la realidad judicial latinoamericana, la Corte Suprema de Justicia con sus decisiones y sentencias opera como organismo definitorio de “precedentes”; estableciendo a través de sus fallos, criterios y reglas generales; sentando de esta manera las bases para una aplicación coherente y uniforme de la ley. En efecto todas las decisiones de la Corte Suprema de Justicia, expresadas a través de sus Acuerdos y Sentencias, va más allá de cada caso particular analizado a través de la “fuerza” de los motivos y fundamentos que se exponen en ellas, lo que impone a todo órgano jurisdiccional de los niveles inferiores de la pirámide judicial asumir como regla general la decisión especifica allí tomada. En cierta manera, la Corte Suprema, con sus decisiones busca “persuadir” a los jueces sobre la necesidad de adecuar sus futuras sentencias a cuanto claramente ha sido establecido por medio de ella, so pena de que, en caso de no adecuarse a los criterios establecidos por el órgano superior, esa sentencia acabe finalmente por ser casada o anulada.
Sin embargo, a pesar de la existencia de esta jurisprudencia “persuasiva”, base para la aplicación uniforme y sin arbitrariedad de la legislación vigente, el sistema jurídico paraguayo, conforme a lo señalado por ICED/NED (2012), no se apoya en ésta. Una de las posibles causas de esta situación podría hallarse en la inadecuada utilización de las sentencias de la Corte Suprema de Justicia por parte de los jueces al momento de dictar sus fallos, con el resultado de que, como señala ICDE/NED, llegan a emitirse consecuencias jurídicas diferentes a supuestos de hechos iguales (ICED/NED, 2012: 36-37). Dichas situaciones atentan contra el derecho a la igualdad ante la ley y dificultan significativamente el conocimiento del sentido en que deben dirigirse los comportamientos, generando consecuentemente inseguridad jurídica.
La escasa si no nula utilización de la jurisprudencia por parte de los magistrados y demás operadores del sistema de justicia (fiscales, defensores públicos, abogados), tanto en los fundamentos de sus resoluciones como en los fundamentos de sus pretensiones, ocurre a pesar de los esfuerzos realizados por la Corte Suprema de Justicia para el fácil acceso de la jurisprudencia. Desde hace años, en efecto, se encuentra habilitada una base de datos a la que se puede acceder online, tanto para consultar Acuerdos y Sentencias como Autos Interlocutorios dictados por este organismo y por algunos Tribunales de Apelación (véase https://www.csj.gov.py/jurisprudencia ). Sin embargo el diseño de la interfaz dificulta en vez de facilitar el acceso a la información allí disponible.
En efecto la página habilitada por la Corte tiene un motor de búsqueda muy simple que permite acceder a información a partir de criterios genéricos: por ejemplo por materia general (penal, civil laboral, etc.) por acción resuelta (habeas corpus, contencioso administrativo, amparo constitucional, etc.), por resultado de la acción (rectificar, anular, declarar inadmisible, etc.), por número de sentencia o según características territoriales (ubicación de tribunal o sala) o temporales (fecha o año). El motor de búsqueda está entonces diseñado expresamente para acceder a documentos específicos de los que se tiene datos de referencia, pero que no permiten seleccionar oportunamente los específicos Acuerdos y Sentencias que realmente son susceptibles de ser utilizados como un precedente por parte de alguien interesado. Así, aunque la herramienta habilitada por la corte otorgue, teóricamente, acceso a toda la jurisprudencia, la ausencia de información sistematizada impide realizar una selección de sentencias acorde al tema que se quiere analizar, limitando el acceso en la práctica
Esa misma ausencia de sistematización de la jurisprudencia producida por la Corte Suprema de Justicia, ha determinado también una sustancial carencia de estudios académicos relacionados con esta. Las pocas investigaciones que han sido realizadas al respecto han tenido que enfrentarse permanentemente con la necesidad de tener previamente que reorganizar y sistematizar las sentencias de la Corte, y eso solo para poder definir el tema a estudiar. Una situación imposible de sustentar si no se cuenta con recursos económicos importantes, lo que ocurre en contados casos.3
Todas las problemáticas señaladas no solamente no ayudan al mejor aprovechamiento de la información disponible en los fallos de la Corte Suprema de Justicia, sino que al contrario contribuyen en limitar decididamente su utilización práctica y masiva. Por una parte, limita el acceso eficiente y oportuno a jueces para que utilicen los precedentes disponibles para sustentar y uniformar sus fallos; y por otra, tampoco permite a los demás operadores del sistema de justicia, fundar sus planteamientos en las resoluciones judiciales referidas. Finalmente, al producirse solo escasos trabajos académicos al respecto, se vuelve carente tanto el proceso formativo (universitario y post-universitario) de abogados, jueces, fiscales y demás operadores del sistema de justicia, como el mismo debate filosófico jurídico sobre estos temas; dejando las resoluciones judiciales producidas por la Corte Suprema de Justicia y los Tribunales, más como una oportunidad desaprovechada que cómo la genuina expresión de un sistema judicial transparente, coherente y confiable.
La exigencia de una jurisprudencia catalogada y sistematizada
La situación recién descrita explicita claramente cómo el sistema judicial paraguayo, para poder garantizar uniformidad de aplicación de la ley y niveles aceptables de seguridad jurídica, necesita con urgencia dotarse de instrumentos que permitan el aprovechamiento efectivo de los fallos producidos por la Corte Suprema de Justicia.
Dicha exigencia está impuesta por razones esenciales: por un lado la necesidad de que los jueces y demás operadores del sistema de justicia puedan acceder a una información comprensible y sistematizada a fin de poderla utilizar adecuadamente, y así posibilitar una aplicación uniforme de la ley en los tribunales; y por el otro la importancia de fortalecer el desarrollo del análisis académico sobre cómo estos fallos son elaborados y utilizados, y, además, cómo, finalmente, su existencia incide en la aplicación uniforme de la legislación vigente en los procesos judiciales.
Sin embargo, conseguir estos resultados impone que el sistema judicial paraguayo se dote de una herramienta que sea extremadamente eficiente tanto en el almacenamiento, como en la catalogación y la sistematización de los fallos de la Corte Suprema de Justicia. Esto garantizaría una adecuada disponibilidad tanto para magistrados y demás operadores del sistema de justicia, como para académicos y ciudadanía en general, de un instrumento que pueda efectivamente permitir acceder, evaluar e interpretar de manera sencilla y adecuada tanto el sentido como los fundamentos a la base de esos mismos fallos. Solo de esta manera la herramienta señalada sería efectivamente de utilidad.
La herramienta que habría que implementar, entonces, debería estar estructurada de tal manera a ayudar a la comprensión de los contenidos y finalidades de esos fallos de la Corte Suprema de Justicia; lo que será posible solamente garantizando a través de esta la extracción de toda la información cuantitativa y cualitativa allí presente. De esta manera, al catalogar y clasificar esa información sería realmente viable su posterior comprensión y eficiente utilización.
Se trataría, en este sentido, de que la herramienta a construir ayude a identificar y organizar todos los elementos que caracterizan los fallos de la Corte Suprema de Justicia; permitiendo su codificación y almacenamiento en una base de datos mediante la cual, con una oportuna herramienta de búsqueda, resulte posible disponer de una información completa y permanentemente revisable para todos lo que pretendan acceder a esta. Eso garantizaría que los fallos de la Corte Suprema de Justicia se volvieran realmente un instrumento efectivo y eficazmente aprovechable para generar jurisprudencia y facilitar su análisis crítico.
En efecto, los magistrados al acceder a dichos fallos, podrían conocer y comprender los criterios de interpretación de las leyes consignados en las resoluciones judiciales dictadas por la Corte Suprema de Justicia, para así utilizarlos como fundamento de aplicación de la ley a supuestos similares sometidos a su consideración; generando, de esta manera, uniformidad en la interpretación y aplicación de las leyes, en sus sentencias. Por su parte los investigadores académicos tendrían datos ciertos organizados y verificados con los cuales ejecutar análisis que revelarían la incidencia de los fallos de la Corte Suprema en la aplicación uniforme de la ley en los tribunales. Permitiría también identificar eventuales problemáticas, para así poder proponer posibles soluciones a implementar. Finalmente, la ciudadanía tendría la posibilidad de acceder fácilmente y de manera sistematizada a los fallos de la Corte Suprema de Justicia, para poder así controlar y verificar oportunamente la calidad del trabajo judicial en el país.
Sin embrago, para que todo esto sea factible, resultará indispensable la implementación de un proceso de elaboración y diseño tanto de la herramienta señalada, con las características individualizadas para el logro de los objetivos identificados, como también de la base de datos necesaria para codificar y almacenar la información cuantitativa y cuantitativa susceptible de ser extraída de los fallos de la Corte Suprema de Justicia. El paso siguiente será registrar en la base de datos esa información de manera que quede almacenada y disponible para su utilización.
A continuación entonces buscaremos identificar aquellos elementos concretos que deberían integrar la herramienta que proponemos, para que efectivamente resulte útil para ayudar al aprovechamiento de las sentencias dictadas por la Corte Suprema de Justicia. De la misma manera identificaremos las funcionalidades de las que debería dotarse la base de datos para poder registrar y almacenar correcta y adecuadamente la información extraída de dichas resoluciones. Y finalmente, plantearemos posibles hipótesis respecto a la manera de que la herramienta a implementar podría ser oportunamente aprovechada por magistrados y otros operadores del sistema de justicia, investigadores académicos y ciudadanía en general, para fortalecer la seguridad jurídica y, en consecuencia, incidir en la consolidación del Estado de Derecho en el país.
Construyendo una herramienta para sistematizar jurisprudencia
En el proceso de construcción de una herramienta que permita sistematizar los fallos de la Corte Suprema de Justicia, el primer paso a dar será definir su alcance. Eso, debido a que las actividades de la Corte son múltiples y si se abarcan en su totalidad se corre el riesgo de emprender una tarea excesivamente amplia, tanto que podría resultar demasiado compleja y tornarse farragosa su finalización con éxito. Debido a eso, será oportuno concentrarse, inicialmente, en forma exclusiva en la elaboración de una herramienta con alcance limitado a los Acuerdos y Sentencias dictadas por la Sala Penal, en los recursos de casación en procesos de naturaleza penal y también en aquellos dictados por la Sala Civil en los recursos de apelación y nulidad en causas de naturaleza civil y comercial. Una capacidad reducida pero que igualmente podrá garantizar a magistrados, juristas, académicos y ciudadanía en general un acceso oportuno y efectivo a las decisiones producidas por la Corte que sientan precedentes.
Establecido el alcance, será necesario elaborar el instrumento que ayude a identificar la información que se necesitará extraer de cada Acuerdo y Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, para concretar después su sucesiva codificación e integración en una base de datos de acceso fácil y uso simple. Para eso, la información de cada fallo de la Corte Suprema de Justicia deberá ser organizada en variables que puedan ser estructuradas como portadoras de información cuantitativa o cualitativa, según el elemento especifico de ese mismo fallo al cual hace referencia. Cada variable tendrá la función de describir un elemento específico de la sentencia dictada en el marco de un proceso penal o civil por la Corte Suprema de Justicia de donde será extraída; siendo un posible listado (no definitivo) el que se presenta a continuación. En lo que respecta a variables comunes a todos los fallos: número, fecha, ministros preopinantes, promotores, tema afectado, artículos de ley afectados, antecedentes (datos de las sentencias de los niveles inferiores de juicio), contenidos de las sentencias, decisión tomada por la Corte Suprema de Justicia, presencia de unanimidad o disidencia en la misma, entre otras. En lo que respecta a variables específicas del campo de los procesos penales, señalamos: admisibilidad, extracto-resumen de los motivos de admisibilidad, artículos relacionados con la decisión de admisibilidad, procedencia del recurso, extracto-resumen de los motivos de procedencia, artículos relacionados con la decisión sobre procedencia. En lo que respecta a variables específicas de los procesos en materia civil y comercial, señalamos: evaluación de nulidad, extracto-resumen de la evaluación de nulidad, artículos relacionados con la evaluación de nulidad, evaluación de ajuste a derecho, extracto-resumen de los motivos de ajuste a derecho, artículos relacionados con la evaluación de ajuste a derecho.
Las variables, como ya se ha señalado, presentarán informaciones tanto cuantitativas cómo cualitativas. La información cuantitativa resultará muy útil sobre todo para el trabajo de los investigadores académicos, ya que les permitirá identificar pautas y tendencias del sistema judicial paraguayo en su función de administrar justicia, así como eventuales desviaciones determinadas por una aplicación errática y no uniforme de las leyes vigentes. La información cualitativa, por otro lado, resultará de suma utilidad para los magistrados ya que podrán utilizarla para acceder de manera simple y rápida a esos precedentes específicos que deben utilizar para garantizar uniformidad de juicio frente a casos idénticos o similares; mientras que los demás operadores del sistema de justicia, podrán utilizarla para fundar sus requerimientos y pretensiones, coherentemente con los precedentes generados por la máxima autoridad judicial.
Sobre este último punto, hay que evidenciar el rol central que jugarán las variables que señalamos como de “extracto-resumen”. Se tratará, en efecto, de realizar, por cada fallo de la Corte que ha sido codificado y sistematizado, un trabajo de elaboración de “sinopsis” de las decisiones tomadas por este organismo en los varios pasos del proceso de análisis (admisibilidad y procedencia en los casos penales, nulidad y ajuste a derecho en los casos civiles), mediante el cual resumir en pocas palabras la información más relevante del fallo. En este sentido, el extracto-resumen se constituirá en un enunciado que expondrá lo esencial de las motivaciones y fundamentos (de hecho o de derecho) de cada decisión asumida por la Corte; permitiendo así una más rápida accesibilidad a esta información, sin necesidad de leer la totalidad del fallo.
De esta manera, la búsqueda de los antecedentes y de la jurisprudencia relacionada con situaciones específicas, resultará más fácil, y los extractos-resúmenes actuarán como elementos de rápida interpretación de la utilidad o no de cada sentencia para el trabajo de fiscales y jueces, en casos considerados idénticos o similares. Por su parte, el documento con el texto integral de las sentencias de la Corte Suprema de Justicia quedará igualmente disponible para el acceso, siendo vinculado directamente con la información estructurada de cada fallo.
Definidas las variables y diseñada la base de datos que contendrá la información organizada y sistematizada, el paso siguiente será analizar las sentencias de la Corte para individualizar la información pertinente por cada variable. Siendo este un trabajo técnico bastante complejo, en cuanto prevé el estudio de las sentencias tanto para extraer los datos allí contenidos cómo para redactar los extractos-resumen de las decisiones tomadas por la Corte, el mismo deberá ser desarrollado por graduados expertos en ciencias jurídicas, preferiblemente en temas penales y civiles. De esta manera se garantizará la calidad de la información elaborada, haciendo realmente útil y eficaz el sistema de precedentes que generan jurisprudencia, sistematizado.
La información así organizada y almacenada quedará disponible para el acceso libre (en un servidor web propietario o en el iCloud) de fiscales, jueces, abogados, académicos y ciudadanía en general. La herramienta que la haga accesible deberá estar dotada de instrumentos de búsqueda avanzada, para simplificar el acceso a la información almacenada, sobre todo a los extractos resumen. De esta manera acabará volviéndose un verdadero “digesto” de clasificación de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, para un uso público amplio y difuso.
Usos de una jurisprudencia sistematizada en el trabajo judicial
Se ha señalado más arriba que la posibilidad de disponer de información cualitativa extraída de sentencias de la Corte Suprema de Justicia resultaría de notable importancia para promover su utilización oportuna como instrumento para impulsar la uniformidad en la aplicación de la ley en casos similares. En efecto, al disponer de una información oportunamente codificada y sistematizada, todo fallo de la Corte que en la actualidad resulta de difícil acceso por la ausencia de instrumentos efectivos de identificación y selección rápida de sus contenidos, se volvería de pronta e inmediata disponibilidad, pudiendo finalmente ser revisado y utilizado como elemento necesario para generar jurisprudencia y, de esta manera, establecer mayor uniformidad de aplicación de la ley a los casos concretos.
Proporcionar a abogados, fiscales, jueces y defensores públicos acceso de manera simple, mediante un oportuno motor de búsqueda bien estructurado e indexado, a todas las sentencias de la Corte Suprema de Justicia, permitiría ayudarles a identificar rápidamente los precedentes relacionados con los casos en los cuales están trabajando. Podrían en efecto acceder a los fallos de la Corte que necesitan revisar, tanto utilizando las variables codificadas referentes a las temáticas involucradas o a los artículos de ley afectados, cómo analizando los resúmenes de las motivaciones y los fundamentos elaborados por cada sentencia. De esta manera, tendrían la posibilidad de delimitar rápida y eficazmente el ámbito temático que necesitan revisar, y gracias a eso, identificar los fallos que deberían examinar para comprender cómo la Corte interpreta el derecho ante situaciones de hecho iguales. Haciendo así que el aporte de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia se volviera realmente efectivo.
Finalmente, se daría a la ciudadanía aquella claridad sobre la interpretación de la ley por parte de los magistrados y sobre su efectiva aplicación en los casos concretos con objetos fácticos iguales, que aumentaría su confianza en el sistema judicial, dando credibilidad a sus actuaciones y sentencias. Esto, ayudaría a que se conciba y se perciba la existencia de elevados niveles efectivos de seguridad jurídica en el país.
Usos de una jurisprudencia sistematizada en la investigación académica
La posibilidad de acceder y poder utilizar las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de manera simple y sistematizada, tendría también un impacto fundamental en impulsar y fortalecer la investigación académica sobre la realidad jurídica nacional.
Paraguay desde hace ya una década, gracias a una serie de políticas públicas impulsadas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONACYT, ha visto crecer de manera exponencial la investigación académica en todos los campos de la ciencia. Sin embargo, este “renacimiento científico” ha tocado muy limitadamente el campo de las ciencias jurídicas; en parte por el escaso interés registrado en las facultades de derecho de las universidades públicas y privadas sobre la investigación académica, pero también por la escasa disponibilidad de fuentes accesibles de información jurídica, y la sustancial imposibilidad de acceder a un conjunto de sentencias sistematizado y organizado. Como ya señalamos anteriormente, han sido pocos los estudios que pudieron desarrollarse y superar estas dificultades en estos últimos años. Y en este sentido, poner a disposición del cuerpo académico de las ciencias jurídicas las sentencias dictadas por la Corte Suprema de Justicia, estructuradas, organizadas y sistematizadas, garantizando un acceso simple y rápido, donde la información requerida resulte fácilmente identificable y disponible y que, en general, imponga un esfuerzo mínimo identificar los datos aprovechables sobre cada tema que se quiere investigar (cualquier eso sea), determinaría un progreso realmente significativo para el campo académico de la investigación jurídica. Una simplificación del acceso que proporcionaría en este sentido un aporte fundamental al conocimiento de la realidad jurídica nacional, ayudando también a mejorar la misma enseñanza de las ciencias jurídicas.
La herramienta que se pretende desarrollar sería entonces el elemento clave para impulsar innumerables estudios sobre variados temas de interés jurídico, incluso con recursos limitados. Al respecto sería suficiente definir el tema específico a estudiar y ya se dispondría de forma inmediata y sin particular esfuerzo, de toda la información necesaria para su desarrollo. Quedando la tarea del investigador limitada al compromiso intelectual de atar cabos y establecer conexiones entre la información disponible, para así definir los conceptos y las hipótesis a desarrollar al igual que las tesis y teorías a concretar.
A tal propósito no habría realmente límites a los estudios que podrían desarrollarse en caso de que exista disponibilidad de informaciones organizadas y sistematizadas. Un listado muy lejano de considerarse exhaustivo, podría comprender temas cómo los que mencionamos a continuación. Estudios de cómo la Corte Suprema de Justicia interpreta mediante sus fallos la aplicación en los tribunales de específicos artículos de leyes. Estudios sobre variabilidad interpretativa en el tiempo de los órganos jurisdiccionales, referente a diferentes articulados de ley. También, se podrían realizar evaluaciones cualitativas y cuantitativas de las gestiones que realiza la Corte en los recursos de casación y de apelación y nulidad, verificando los niveles de repetitividad en sentencias anuladas y casadas por causas similares. Se podría además evaluar como los fallos de la Corte Suprema de Justicia son recibidos por la doctrina e incluidos en el debate jurídico académicos, además de realizar análisis de los fallos de admisibilidad y de procedencia en temas penales. Finalmente podrían realizarse análisis de los fallos de nulidad y de ajuste a derecho de sentencias en temas civiles por parte de la Corte, con evaluación de motivaciones y fundamentos. Y se podría continuar largamente.
Resulta absolutamente obvio que, al disponer de una herramienta de acceso simple a la jurisprudencia producida por la Corte Suprema de Justicia, cómo se propone, se volverían casi infinitas las posibilidades de investigar diversos aspectos de la realidad judicial del país. Ello, ayudaría a incrementar la producción científica en el campo de las ciencias jurídicas, y además podría volverse un importante estímulo para sacar las facultades de derecho de las universidades paraguayas, de aquella condición de pasividad en la cual actualmente se encuentran en materia de investigación, Con el resultado no solamente de aumentar el conocimiento acerca de la realidad jurídica actual, sino de proporcionar instrumentos cognitivos para poder direccionar la misma hacia los caminos más convenientes para los intereses del país.
Conclusiones
A lo largo de este trabajo hemos buscado mostrar la necesidad de garantizar un alto nivel de seguridad jurídica para sostener la vigencia del Estado de Derecho en un país. Hemos señalado cómo la seguridad jurídica se sustenta fundamentalmente en la aplicación uniforme de la ley en la sociedad y en los tribunales, siendo la homogeneidad interpretativa por parte del sistema judicial la principal garantía de que eso ocurra. Hemos indicado cómo juegan un rol fundamental en este sentido las Cortes Supremas, sobre todo cuando actúan como tribunal de casación, porque a través de sus fallos imponen aquella uniformidad interpretativa y de aplicación de la ley que de otra manera sería imposible de conseguir en los sistemas jurídicos que no utilizan la jurisprudencia de manera “stare decisis”. Finalmente, al considerar específicamente el caso paraguayo hemos señalado como la dificultad de poder acceder de manera organizada y sistematizada a las resoluciones dictadas por la Corte Suprema de Justicia se encuentra, desde hace tiempo, conspirando contra la posibilidad de esa uniformidad en la aplicación de la ley necesaria para garantizar la seguridad jurídica, y cómo eso, a su vez, está afectando de manera importante (a pesar de no ser la única causa al respecto) la vigencia de niveles aceptables de Estado de Derecho en el país.
También hemos señalado como esta necesidad de organizar, sistematizar y garantizar el acceso simple y rápido a todos los fallos dictados por la Corte Suprema de Justicia es una exigencia que ya no se debe posponer si se pretende que el sistema judicial paraguayo pueda disponer de datos e informaciones indexadas y de inmediata disponibilidad, para el cumplimiento acabado y eficiente de su función. Para esto, se necesita urgentemente de una herramienta que permita estructurar y generar acceso a la información disponible para así poder sentar las bases para que los magistrados y demás operadores del sistema de justicia, académicos y la ciudadanía en general, puedan tomar conocimiento de los fallos de la Corte Suprema de Justicia susceptibles de generar jurisprudencia, a fin de garantizar una efectiva aplicación uniforme de la legislación vigente, y también a promover la investigación académica en el campo de las ciencias jurídicas. Dichos factores resultarán claves para que el sistema de justicia nacional pueda generar homogeneidad interpretativa y aplicativa de la ley, volviéndose de esta manera realmente efectivo y eficiente.
En pos de esos objetivos, finalmente, hemos elaborado y presentado una propuesta para la instalación de la herramienta señalada, que prevé trasformar la información obrante en los Acuerdos y Sentencias de la Corte Suprema de Justicia en variables cuantitativas y cualitativas, mediante las cuales simplificar y agilizar el acceso a las sentencias de la Corte, estimulando así su utilización. Entre estas variables destacamos el extracto-resumen, que por cada fallo sintetiza en pocas palabras las motivaciones y fundamentos del mismo, garantizando de esa manera una accesibilidad a estos datos que actualmente resulta sustancialmente negada. Será así posible instalar un instrumento adecuado y efectivo a través del cual podrá hacerse más eficiente y uniforme el trabajo de los tribunales, y más efectivos los procesos de investigación académica y la docencia; mejorando además sensiblemente los niveles de seguridad jurídica en el país.
El anhelo es que lo que aquí se ha propuesto pueda volverse realidad en un próximo futuro, y que, en consecuencia, el sistema jurídico paraguayo pueda disponer de un instrumento efectivo para el manejo de los fallos de la Corte Suprema de Justicia que generan jurisprudencia, determinando mayor seguridad jurídica, apuntalando el Estado de Derecho y de esta manera ayudando a fortalecer de manera importante y decisiva el desarrollo democrático del país.